Seguir en papel
Hasta el 31 de diciembre de 2026
- A favor
- Lo conoces y no cuesta nada.
- Ten en cuenta
- Desde el 1 de enero de 2027 ya no sirve para el registro de tratamientos.
A partir del 1 de enero de 2027, si aplicas productos fitosanitarios en tu explotación, el registro de tratamientos tiene que ser electrónico. El cuaderno de papel vale hasta el 31 de diciembre de 2026. Te contamos qué cambia, a quién afecta y qué opciones tienes.
Desde 2013, quien aplica productos fitosanitarios de uso profesional tiene que llevar al día un registro de sus tratamientos: el cuaderno de explotación o cuaderno de campo. Hasta ahora podía ser de papel.
El Real Decreto 1039/2025 cambió el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012: en las explotaciones agrarias, el papel vale hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde el 1 de enero de 2027, el registro tiene que ser electrónico. Y el artículo 16.5 añade que los datos se consignan «de acuerdo con» el Real Decreto 1054/2022 y, como mínimo, cada mes.
Según el Ministerio de Agricultura (MAPA), el registro recoge, al menos:
Lo que cambia es el formato: tiene que ser electrónico, «legible por máquina», para que un ordenador pueda leerlo sin que nadie lo teclee otra vez.
A todo usuario profesional de productos fitosanitarios en el ámbito agrario. No hay mínimo de superficie: da igual que tengas dos hectáreas o doscientas.
No hay que confundirlo con el CUE (el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola, el cuaderno completo de toda la explotación). Según el Ministerio, el CUE es voluntario. Lo obligatorio en 2027 es que el registro de tratamientos sea electrónico.
Los abonados tienen sus propias reglas, y ahí sí cuenta el tamaño de la explotación. Lo regula el artículo 4 del Real Decreto 1051/2022.
Desde el 1 de enero de 2026 hay que anotar cada aportación de nutrientes o materia orgánica, en papel o en digital, en el plazo de un mes.
No te obliga si:
Ojo: aunque estés exento, si abonas pastos o tienes invernaderos de más de 0,1 ha, anotas lo de esas superficies.
Es obligatorio desde el 1 de septiembre de 2026 en cada unidad de producción de la explotación.
No te obliga en las unidades:
En regadío sembrado o plantado entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2026, la obligación empezó el 1 de enero de 2026.
Para el registro de tratamientos tienes, en la práctica, tres caminos.
Hasta el 31 de diciembre de 2026
Gratis
Gratis hasta 5 parcelas
Una duda que aún no está resuelta. La norma pide consignar los datos «de acuerdo con» el Real Decreto 1054/2022, el que regula el SIEX y el CUE, y el Ministerio cita el CUE como la vía para cumplir. Todavía no está claro si basta con un registro electrónico propio. Hemos enviado la consulta al Ministerio y actualizaremos esta página con su respuesta. Ejemplos de CUE público: Castilla y León, Aragón y Castilla-La Mancha.
Norven guarda tu registro en electrónico desde el primer día. Lo apuntas en segundos y Norven te lo deja listo, con el PDF para la inspección y el fichero para el SIEX (el Sistema de Información de Explotaciones Agrarias, la plataforma nacional del Ministerio que reúne los datos de las explotaciones).
En la app del iPhone o en el navegador. Tus productos de siempre te salen sugeridos y apuntas dosis, plaga, aplicador y equipo, sin papeles de por medio.
Tocas tu recinto en el mapa del SIGPAC (el mapa oficial de parcelas de la PAC) y se rellenan la referencia y la superficie. O las importas todas de una vez con el PDF de tu Solicitud Única de la PAC. La importación funciona con la de todas las comunidades salvo Cataluña y Canarias.
El cuaderno de la campaña en PDF, con los apartados del anexo III del Real Decreto 1311/2012, listo para enseñarlo o mandarlo por correo o WhatsApp.
Ficheros CSV con la estructura del SIEX, para que los subas a la plataforma de tu comunidad o se los pases a tu gestoría.
La norma pide los datos al menos cada mes. Si apuntas cada tratamiento el día que lo haces, a final de mes no te queda nada pendiente.
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Empezar ahoraHasta el 31 de diciembre de 2026, sí. Desde el 1 de enero de 2027, el registro de tratamientos fitosanitarios tiene que ser electrónico (Real Decreto 1039/2025).
Sí. El registro electrónico de tratamientos no tiene mínimo de superficie: afecta a todo usuario profesional de fitosanitarios. Las exenciones por tamaño son de la fertilización, no de los tratamientos.
El artículo 16.5 del Real Decreto 1311/2012 pide que los datos se proporcionen «al menos, con carácter mensual». Lo más fácil es apuntar cada tratamiento el mismo día.
No. Según el Ministerio de Agricultura, el CUE (Cuaderno Digital de Explotación Agrícola) es voluntario. Lo obligatorio desde 2027 es que el registro de tratamientos sea electrónico. El Ministerio dice que, para cumplir, basta con recoger los tratamientos en el CUE, y cada comunidad autónoma ofrece uno gratis.
Desde el 1 de enero de 2026 hay que anotar cada aportación de nutrientes o materia orgánica, en papel o en digital, en el plazo de un mes. No obliga a las explotaciones de 5 ha o menos con 1 ha o menos de regadío, ni a las que solo tienen pastos sin abonar. El plan de abonado no obliga en las unidades de 10 ha o menos de secano o de pastos (Real Decreto 1051/2022, art. 4).
No. Norven no está conectado al cuaderno oficial de ninguna comunidad. Te deja listo un fichero con la estructura del SIEX para que lo subas tú a la plataforma de tu comunidad o se lo pases a tu gestoría.
Todavía no lo sabemos con certeza. La norma pide consignar los datos «de acuerdo con» el Real Decreto 1054/2022, el del SIEX y el cuaderno digital, y el Ministerio cita el CUE como la vía para cumplir. Hemos enviado la consulta al Ministerio y actualizaremos esta página con su respuesta. Mientras tanto, Norven te lo deja listo, con el PDF para la inspección y el fichero para el SIEX.
Fuentes revisadas el 3 de octubre de 2026.
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